BRINDANDO SOBRE LOS ESCOMBROS

LA CENSURA QUE DERRIBÓ UN CANAL

LA CENSURA QUE DERRIBÓ UN CANAL

El primer programa de la dirección de noticias del canal de cable ALEF NETWORK fue emitido en 1995,  días antes del primer aniversari...

viernes, 18 de junio de 2021

TEXTO DE NUESTRA PRESENTACIÓN AL TRIBUNAL

 

FORMULAN PRESENTACION COMO AMICUS CURIAE

ADHIEREN A PEDIDO DE NULIDAD Y SOBRESEIMIENTO

    

  Señores Jueces del Tribunal:

                                                       Marcelo Horestein y   Pablo Gorodneff por la representación del LLAMAMIENTO ARGENTINO JUDIO (Asociación  Civil), con el patrocinio de los Dres. Luis Alberto Kon (CPACF T 23- F 193) (CUIT 20043863801) y Horacio Daniel Lutzky  (CPACF  T 30 F 521)(CUIT 20136779762) en la causa No. 14305/2015/TO 01 , “FERNANDEZ DE KIRCHNER , Cristina y otros s/ Encubrimiento y traición a la patria “ constituyendo domicilio en Avda. Libertador 5478, piso 7 de esta ciudad y electrónico en luiskon@estudiokon.com.ar,   a V .E. manifestamos:

 

                             I.-PERSONERIA

                               

                              Que como surge de la copia de Estatutos adjunta, somos respectivamente  Presidente y Secretario del LLAMAMIENTO ARGENTINO JUDIO, Asociación Civil inscripta en la Inspección General de Justicia bajo el No. 190751.

                              Que el art. 3 de dichos estatutos y en especial los incisos a) y c) al establecer el objeto de nuestra entidad, dan cuenta de la pertinencia de esta presentaciòn.

          

                               

II. OBJETO Y  FUNDAMENTOS GENERALES.

 

                               Que en consecuencia, en  representación de la institución mencionada, venimos a presentarnos ante el  Tribunal en carácter de amicus curiae para introducir en la causa una serie de consideraciones que han motivado

 

al LLAMAMIENTO ARGENTINO JUDIO a adoptar la  decisión de  apoyar y respaldar las presentaciones realizadas por los acusados, solicitando la nulidad de todas las actuaciones y su sobreseimiento                 

 El LLAMAMIENTO ARGENTINO JUDIO es una institución que comenzó a desarrollar sus actividades como simple asociación civil en el mes de Enero de 2015, fecha que adquiere especial significación en cuanto al contenido de este proceso, como se apuntará más adelante.

          Su creación respondió a la necesidad de un sector de nuestra colectividad de encontrar un órgano representativo diferente a las dirigencias oficiales que hasta ese momento eran voceros casi exclusivos de un colectivo tan heterogéneo en sus pensamientos, como es lógico registrar en cualquier grupo de estos rasgos.

           En el caso, la expresión más conocida era la DAIA (Delegaciones de Asociaciones Israelitas Argentinas)  cuya conducta había sido cuestionada  en esos tiempos por dos razones fundamentales.

           La primera derivaba de un rol muy negativo asumido en todos los procesos vinculados a la investigación del atentado sufrido por la AMIA el 18 de julio de 1994. Para dar una idea de la magnitud de esos cuestionamientos, basta señalar que su ex Presidente, Rubén Beraja, que ostentaba ese cargo al tiempo de los trágicos hechos estaba procesado por el encubrimiento que desvió las actuaciones durante 10 años, entre 1994 y 2003 a una pista falsa. Amén de haber sido encarcelado por malversación de caudales públicos y defraudación bancaria por su gestión al frente de una entidad cooperativa, el Banco Mayo y oscuras negociaciones entabladas con el Banco Central de la República Argentina, por problemas económicos del Banco, al mismo tiempo que continuaba siendo Presidente de DAIA.

              De modo  que no tenía la independencia necesaria para escuchar y difundir la voz de organizaciones de familiares de las víctimas del atentado, que eran altamente críticas con el gobierno del ex- Presidente Menem y varios integrantes de su gestión en relación a la investigación del atentado. En esas condiciones,  requerir al mismo tiempo el apoyo del Banco Central de la República Argentina para  resolver la crítica situación financiera del Banco Mayo, tornaba sospechosa su conducta y la de muchos directivos del Banco.

                       Declaraciones de este individuo en favor de considerar el contorno del atentado  una cuestión de Estado subordinada a los intereses geopolíticos del Estado de Israel, incitando infructuosamente a los familiares a condicionar su mirada a esas injustificables exhortaciones, convalidaron la distancia que se fue generando entre ellos y una buena parte de la colectividad judía local.

             

              La seriedad y gravedad de estas impugnaciones se vieron corroboradas entre los años 2003 y 2004, cuando se anuló todo el proceso que desvió los procedimientos a una pista falsa y se responsabilizó penalmente al ex Presidente de la Nación, el jefe de la SIDE (actual AFI), el juez interviniente, dos fiscales, dos ex jefes policiales a cargo de la investigación y al  ya citado Ruben Beraja. Durante largos años continúa tramitando contra todos ellos  una causa penal por encubrimiento, que todavía no ha obtenido un fallo definitivo a pesar de que tras un primer juicio oral se dictaron algunas condenas y también absoluciones.

             En el ap. 3, del capítulo IV, haremos las debidas referencias al fallo del Tribunal Oral Federal en lo Criminal No. 2, del 19 de febrero de 2019, que se encuentra en curso de apelación.

              En ese sentido, el resumen de las situaciones relatadas, constituyó uno de los motivos de creación del LLAMAMIENTO y resulta obvio señalar la vinculación que guardan los mismos  con la presentación que estamos formulando en esta causa.

              La segunda motivación, en consonancia con la anterior, era que DAIA estaba desarrollando una política de abierta hostilidad con el gobierno que asumió en 2003, intentando entre otras cosas acusar a funcionarios del mismo, comenzando por la Presidenta de la Nación, de encubrimiento del atentado cuando justamente esa conducta era la que resultaba imputable a los propios dirigentes de la DAIA.

               Sobran razones para concluir que la reactivación lograda al provocar la reapertura de un proceso penal ya concluido, como es el presente, ha sido una herramienta  elegida, de forma diabólica, para desviar la atención sobre su propia responsabilidad -de la cual hay abundantes pruebas- hacia una acusación injustificada contra la ex presidenta,  el ex canciller y otros funcionarios que no han desarrollado ninguna actividad delictiva.

                En ese marco, la institución del amicus curiae respalda la intervención convergente de la institución que representamos, en este procedimiento.

 

III. DERECHO  

III. ADMISIBILIDAD

El mem      La vía elegida, permite  que  terceros ajenos a una disputa judicial, pero con un justificado interés en la resolución final del litigio, puedan expresar sus opiniones en torno a la materia a través de aportes de trascendencia para la sustentación del proceso.

                    Puede  señalarse  que la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en su Acordada N° 28/2008 complementada por la Acordada 7/2013 , ha calificado al instituto señalado “como un provechoso instrumento destinado, entre otros objetivos, a permitir la participación ciudadana en la administración de justicia y  el Tribunal considera apropiado que, en las causas en trámite ante sus estrados y en que se ventilen asuntos de trascendencia institucional o que resulten de interés público, se autorice a tomar intervención como Amigos del Tribunal a terceros ajenos a las partes, que cuenten con una reconocida competencia sobre la cuestión debatida y que demuestren un interés inequívoco en la resolución final del caso, a fin de que ofrezcan argumentos de trascendencia para la decisión del asunto.”

                        No debe omitirse, por último, que la alternativa encuentra sustento en el sistema de derecho externo  al cual se ha asignado jerarquía constitucional (art. 75, inc. 22 C.N.), pues ha sido objeto de regulación en el Reglamento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (art. 62.3) y ha sido expresamente autorizada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos con sustento en los arts. 44 y 48 de la Convención Americana.

        Numerosas organizaciones de la sociedad civil han recurrido con frecuencia al instituto del amicus curiae  como mecanismo para intervenir, realizando aportes en el marco de disputas sometidas a decisión judicial.

                    Finalmente queremos señalar que en este fuero en uno de los primeros, y más conocidos, procedimientos ante la jurisdicción argentina en los que se abordó frontalmente la lucha contra la impunidad y la búsqueda de verdad y justicia frente a las violaciones de la dictadura, el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL por sus siglas en ingles)  y Human Rights Watch aportaron al debate judicial una perspectiva de legalidad y jurisprudencia internacional mediante la presentación de un Amicus Curiae ante la Cámara Federal Criminal de Buenos Aires.

                    La intención de las organizaciones fue explicitar en 1995 la cuestión de la obligación internacional del Estado argentino de investigar cada violación de los derechos humanos fundamentales perpetrada por la dictadura cívico-militar entre los años 1976 y 1983  e informar a los familiares de las víctimas y a la sociedad en general del resultado de dicha investigación como parte del entonces embrionario «derecho a la verdad». 

En orden a lo expuesto consideramos suficientemente respaldada  la viabilidad jurídica de esta presentación.

                       

 

                                   IV.-  HECHOS

                       

                                   1.-  LA FALSA REPRESENTACIÓN FUE ORQUESTADA POR LA DAIA CON EL EX PRESIDENTE MAURICIO MACRI PARA IMPULSAR UNA PERSECUCIÓN POLÍTICA. 

                                  

                                  A la hora de ratificar la personería para ser querellante y pedir la reapertura de la denuncia del fiscal Nisman - no acreditada oportunamente -  y ante la carencia de poder especial,  para justificar el presunto mandato de la institución la DAIA aportó un acta de su Consejo Directivo de fecha 27 de junio de 2016 suscripta por el Secretario General de la DAIA Santiago Kaplun,  donde refiere que en una audiencia con el presidente Mauricio Macri se trató como tema de agenda las “causas atentado y colaterales”,  “causa Nisman” y “Memorando con Irán”.  

                                   Se indicó que “los escritos a ser presentados en la causa de la denuncia del fiscal Nisman, se encuentran en plena instancia de preparación” para que la entidad se constituya como parte querellante.

 

                                   La DAIA había visitado a Mauricio Macri tres días antes,  el 24 de junio de 2016,  según reprodujo la agencia oficial de noticias TELAM [1].    El presidente de la DAIA señaló entonces al periodismo que en el encuentro se habló de los "atentados a la AMIA y DAIA", ocurrido en julio de 1994, y sobre el fiscal Alberto Nisman, hallado muerto en enero de 2015, y contó que "se le solicitó al Presidente que siga colaborando en el avance y el esclarecimiento de ambas causas".  

                                 El Secretario General de la DAIA Santiago Kaplun fue más explícito sobre lo acordado con el entonces presidente Macri,  en una entrevista periodística que llevó por título:   

Entrevista/Santiago Kaplun, dirigente de DAIA: “Macri sindicó a la DAIA como la representante política de la comunidad judía” [2]



                                   En ese reportaje se consignó:

 “AJN.- La dirigencia de la DAIA mantuvo una reunión con el presidente argentino, Mauricio Macri. En diálogo con la Agencia Judía de Noticias, el secretario general de la institución, Santiago Kaplun, compartió impresiones y conclusiones del encuentro. “Claramente, el presidente sindicó a la DAIA como la representante política de la comunidad”, aseguró.

En diálogo con AJN, el secretario general de DAIA, Santiago Kaplun, destacó que “la reunión fue muy cordial, sin ningún punto previo que pudiera ser conflictivo. 

Entre los temas tratados en el encuentro estuvo la Causa AMIA, la polémica posición que adoptó la Argentina frente a la Resolución 199 de la UNESCO, que desconoce la conexión judía con el Muro de los Lamentos (Kotel) y el Monte del Templo y llama a Israel una “fuerza ocupante” y el Memorandum firmado con Irán.

“Hablamos mucho del tema de la Causa AMIA”[3]

                                   Más adelante,  continúa la entrevista:

“Por otra parte, Santiago Kaplun señaló que los representantes de DAIA agradecieron “el hecho de que el gobierno dejara caer el Memorando y lo reconocimos, y del mismo modo la buena relación que hay con el gobierno y los distintos ministros. (…)

Entre las reflexiones y conclusiones posteriores a la reunión, el secretario general de la DAIA, Santiago Kaplun, destacó que “tan importante como todo lo conversado fue también el reconocimiento que el presidente hizo a la DAIA, como entidad representativa de la comunidad”.

“Claramente, el presidente sindicó a la DAIA como la representante política de la comunidad, al habernos invitado y expresamente haber elegido reunirse con el cuarteto de la DAIA. Esta es una muestra del rol que la institución tiene y el lugar que necesariamente tiene que ocupar en la representación política de la comunidad”, expresó Kaplun. En su opinión, “no es causal que esta situación haya sucedido, ya que también es demostrativa de la pluralidad y la convivencia que esta conducción de la DAIA está demostrando. Con lo cual ha sido una reunión muy positiva, rica e importante para nuestra institución”.

                                   Ahora sabemos:  “el cuarteto de la DAIA” ha tenido un rol central en la estrategia diseñada por Mauricio Macri.   

                                   De los antecedentes referidos queda claro que:   a) la DAIA es una “delegación de asociaciones” (y solo de aquellas que la integran de inicio o mediante adhesión posterior). No obstante ello, se arrogó una representación exorbitante;  b) el entonces presidente Mauricio Macri convocó a la DAIA para articular una estrategia en la causa “Memorandum” contra la denunciada,  su principal adversaria política;  c)  para tal cometido,  sindicó” a la DAIA como “la representante política de la comunidad judía”.     

                                   El Diccionario de la Real Academia Española (que puede consultarse en línea por Internet) trae las siguientes definiciones para el término “SINDICAR”: elegido por Santiago Kaplun para definir la vinculación con Mauricio Macri:

1. tr. Unir a varias personas para formar un sindicato.

2. tr. Econ. Vincular dinero o valores de distintas titularidades a una operación común. Sindicar un crédito.

3. tr. Bol., Col., Ec., El Salv., Hond. y Ven. Acusar a alguien de un delito.

4. prnl. Entrar a formar parte de un sindicato.

                                    No hay otra definición, y cabría acudir a las enseñanzas de Sigmund Freud para analizar la irrupción del término.

                                    Sin importar cual sea la acepción elegida, la selección por parte de un detentador del poder de quiénes habrán de ser los representantes de la comunidad judía, además de constituir un procedimiento bochornoso e ilegítimo,  evoca trágicas etapas de la historia.    

                                   Entretanto,   en la misma fecha del acta de directorio que documentó la reunión del cuarteto de la DAIA con Macri (27 de junio de 2016),  en la que se instrumentó lo acordado para reabrir la denuncia del fiscal Nisman,    el juez Mariano Borinsky fue a visitar subrepticiamente a Mauricio Macri,  según revelaron recientes investigaciones periodísticas que impulsaron un pedido de acceso a la información pública[4]:   

                                   Es decir:   el mismo día en que los directivos de DAIA que se juntaron con Macri para hablar de la causa (y ser ungidos “representantes” de toda la comunidad judía) redactaron el acta,  Macri recibía secretamente al juez que propiciaría la reapertura,  Mariano Borinsky (presunto consejero del Sec. Gral. de DAIA Kaplun) .   

            Como ya se ha divulgado,  en realidad las visitas subrepticias del juez a Macri fueron más de quince.      Entre esas visitas,  encontramos otra efectuada en  diciembre de 2016.       Según la investigación del medio El Destape[5],  la sexta visita de Borinsky a Macri tuvo lugar el 23 de diciembre de 2016  (el día anterior al comienzo de la zaga de encendido de velas en DAIA con Garavano, Bullrich y Cía. a la que nos referiremos, y seis días antes del fallo de reapertura de esta causa).   

                                   Lo cierto es que luego del referido encuentro del 24 de junio de 2016 de los dirigentes de la DAIA con Macri,  éstos prepararon los escritos acordados,  y tras la feria judicial del mes de Julio la DAIA se presentó el 2 de agosto de 2016 (fs. 3367/3410) a pedir la reactivación de la causa contra Cristina Fernández de Kirchner y otros, solicitando ser tenida por parte querellante, aunque sin el respectivo poder especial.              

                                   Además del acta de directorio referida,  acompañaron entonces una de aparente fecha 16 de mayo de 2016 donde aprueban que la DAIA se presente como querellante.

 

                                    2.- LA REPRESENTACIÓN ESPURIA FUE PUESTA AL SERVICIO DE UNA FACCIÓN POLÍTICA.        LA ARTICULACIÓN ENTRE BORINSKY Y KAPLUN.

                                   Según una investigación periodística[6],   el camarista Mariano Borinsky asesoró a la DAIA sobre el modo de conseguir la reapertura de la causa iniciada contra la ex Presidenta CFK por el fiscal general Natalio A. Nisman, que él mismo decidió junto con Gustavo Hornos, como jueces de la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal. Fue lo que el habla popular llama juez y parte.  Sus contactos fueron el secretario general y abogado de la DAIA, Santiago Kaplún, y su pro-tesorero, Daniel Belinki. Así lo narraron al Cohete varios miembros de la Comisión Directiva que actuó en el periodo 2015-2018. Además, Kaplún es socio de Ramiro Rubinska, casado con Ingrid Meischenguiser, cuya hermana Evelyn es la esposa de Borinsky.”

“Según los ex directivos de la DAIA consultados, el juez Borinsky brindó un asesoramiento clave y sugerencias varias para garantizar:

  • que la DAIA fuera aceptada como querellante, pese a la oposición manifestada por el fiscal general de Casación, Javier De Luca, dado que la entidad no había presentado el poder especial que el código procesal señala como necesario para querellar, y
  • que la presentación contuviera argumentos suficientes para motivar a sus colegas, Gustavo Hornos y Ana María Figueroa, a dar el consentimiento para la reapertura de una causa que ya constituía cosa juzgada.

(…)

Quienes interactuaron con Kaplún recuerdan su especial inquina contra Timerman. La DAIA y la AMIA habían saludado como un avance la firma del Memorándum, hasta que los gobiernos de Israel y de Estados Unidos lo condenaron. El giro de 180° fue inmediato. Días antes que la Cámara de Casación se pronunciara, Kaplún le garantizó al resto de los integrantes de la Comisión Directiva: “Hay acuerdo para que el expediente se reabra”.

(…)

El vínculo entre Kaplun, Wolff y Borinsky era tan estrecho que, también a fines de 2016, incluyó un ataque concertado contra el entonces presidente de la Cámara de Casación, Alejandro Slokar, a quien el legislador del PRO acusó de “obstaculizar la continuación de la causa que llevaba el fiscal [Natalio Alberto Nisman] contra Cristina Fernández de Kirchner”, en un escrito que las fuentes afirman fue redactado con letra que suministró.

(…)

Un ex dirigente de la DAIA que habló con El Cohete bajo condición de anonimato fue contundente al afirmar que “un potencial relevamiento de los celulares de Kaplún, Belinki, Wolff y Borinsky durante diciembre de 2016 brindaría más sorpresas que las que pueden aparecer en los cruces que está llevando a cabo la jueza María Romilda Servini de Cubría respecto a la mesa judicial del macrismo”.

                        El mencionado mes de diciembre de 2016 fue pródigo de  llamativos acontecimientos vinculados a la causa,  según se verá

                        El 19 de diciembre de 2016 el abogado Kaplun concurrió a la audiencia convocada por la Sala I de Casación para alegar confiado a favor de la reapertura,  llevando una irónica carta política cargada de referencias peyorativas contra miembros del gobierno que había encabezado la denunciada Cristina Fernández de Kirchner.  “El abogado y secretario general de la DAIA, Santiago Kaplún, escribió una carta muy provocadora donde imaginó qué hubiera pasado en la Argentina si el kirchnerismo hubiese triunfado en las elecciones de 2015. Su intención era leerla esta mañana en la audiencia que se realizó en Comodoro Py al discutir la reapertura de la causa por la denuncia del fiscal fallecido Alberto Nisman, pero no fue autorizado, consignó el diario Perfil [7].    

                        El 23 de diciembre de 2016 el juez Mariano Borinsky concurrió subrepticiamente a visitar al presidente Macri[8].     Y el 29 de diciembre de 2016  la Sala I de Casación con los votos de los jueces Borinsky y Hornos emitió el fallo que hizo lugar a la presentación,  disponiendo la reapertura de la causa.

                        Finalmente,  el 30 de diciembre de 2016 el propio Macri festejó la reapertura de la denuncia obtenida el día anterior:

“El presidente Mauricio Macri destacó hoy "la valentía y el coraje" de los jueces de la Sala I de la Cámara de Casación Penal que ordenaron ayer, pese a que "tuvieron mucha presión", reabrir la denuncia contra la ex presidenta Cristina Kirchner que había iniciado el fiscal Alberto Nisman, en la que la acusaba de haber acordado con Irán dejar de perseguir a los ciudadanos iraníes acusados por el atentado contra la AMIA.          El Presidente destacó especialmente a los jueces de la Sala I de la Cámara de Casación Penal Gustavo Hornos y Mariano Borinsky, al subrayar que soportaron presiones de la restante camarista, Ana María Figueroa, de otros pares de Casación y de la agrupación Justicia Legítima.           “Se ha dado un gran paso. Y han tenido mucho coraje, tanto el juez Borinsky como el juez Hornos, porque tuvieron mucha presión, de la compañera de sala (por Figueroa), de otros jueces de Casación, y de mucha gente alrededor, sobre todo de Justicia Legítima, intentando que esto no suceda”, manifestó.                El Jefe de Estado evaluó que “ese coraje es una ratificación del nuevo rumbo que ha tomado la Argentina, la Argentina no se quiere engañar más”.              En tanto, Macri fue muy crítico con el juez Daniel Rafecas, que había desestimado la denuncia del fiscal Nisman”[9].

                        El día anterior al dictado de esta resolución,  Kaplun además se fotografió en la DAIA junto al ministro de Justicia German Garavano,  quien fue invitado de honor para encender una vela por la festividad de Jánuca. En la foto que sigue:  Garavano flanqueado por Kaplun y Cohen Saban[10] :

 

Ministro de Justicia Germán Garavano, entre el Sec. Gral. de Daia Kaplun y el presidente de la entidad Cohen Sabban.

                                   En realidad,  toda esa festiva semana de fines de diciembre de 2016 se caracterizó por la distinción, día a día, a las principales figuras del gobierno de Mauricio Macri:

 Ministra de Seguridad Patricia Bullrich

 

 Ministro del Interior Rogelio Frigerio

 

 Titular del Sistema de Medios Públicos Hernán Lombardi

 

 Vicepresidenta de la Nación Gabriela Michetti

 

 Ministra de Desarrollo Social Carolina Stanley

 

 

 Jefe de Gabinete de Ministros de la Nación Marcos Peña

 

 Titular del PAMI Carlos Regazzoni

 

 Diputada Nacional Margarita Stolbizer

 

Gobernador de Tucumán Juan Manzur (ya no quedaban más velas,  pero antes de cerrar el año la DAIA pudo alcanzar a decir: tenemos un amigo no oficialista).

                                   La gravedad de la intensidad de esos vínculos promiscuos para el devenir de la causa AMIA es inocultable:    Los principales personajes distinguidos por la DAIA en diciembre 2016 respondían a la cúpula gubernamental que sería acusada formalmente por el ex titular de la Unidad Especial de Investigación AMIA, el entonces  senador Mario Cimadevilla, de impedir la investigación del atentado. [11]

                                   En efecto:

                                   La Unidad de investigación del Atentado a la AMIA presidida por Cimadevilla fue disuelta por orden de Macri en marzo 2018 tras una larga serie de presiones del Ministerio de Justicia para frenar su actividad.   Las injerencias tuvieron por objeto proteger a diversos personajes acusados de encubrimiento del atentado a la AMIA,  y vinculados al macrismo.   Y así lo sostuvo Cimadevilla en la denuncia que presentó contra el ministro de Justicia Germán Garavano. [12]  

                                    Pero además,  como reveló Cimadevilla en su informe final de gestión,  las obstrucciones del poder ejecutivo procuraron amparar a una oscura trama de negocios que podría verse afectada ante una eventual profundización de las investigaciones.     

                                    A continuación,  algunos tramos del durísimo informe final de la Unidad dado a conocer por el ex senador radical,  que señaló directamente al ministro de Justicia Garavano y al presidente Mauricio Macri,  el mismo que consensuaba con  la DAIA y con los jueces Borinsky y Hornos los pasos a seguir.

 

                                   "El martes 13 de marzo de 2018, por Decisión Administrativa No. 312, el señor Jefe de Gabinete de Ministros, en cumplimiento del mandato presidencial contenido en el Decreto No. 174/18, desactivó y desarticuló la Unidad Especial de Investigación del Atentado a la AMIA que, tan sólo dos años antes, el Presidente de la Nación había decidido “fortalecer y jerarquizar” en función de los compromisos asumidos por el Estado Argentino en el Acta del 4 de marzo de 2005, que instrumentó la solución amistosa alcanzada en el trámite de la Petición No. 12.240 del registro de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos",  evoca Cimadevilla. 

                                    No obstante,   ese objetivo no se persiguió realmente   "a pesar del declamado interés esclarecedor explicitado por el señor Presidente de la Nación en los considerandos del Decreto No. 108/16".

                                    A la luz de las múltiples trabas y obstrucciones sufridas,   con amargura y un dejo de ironía Cimadevilla le señaló al presidente Macri:    "al  menos, agradezco que la Unidad Especial de Investigación AMIA haya desaparecido sin tener que convertirse en una "Unidad Especial de Encubrimiento", cuando ya su Gobierno ni siquiera intentaba fingir que alguna vez hubiera tenido intención de cumplirla aquella promesa”.   

                                    El funcionario radical –que integró la alianza entonces gobernante-  pudo constatar que, además del amiguismo y vínculos personales de funcionarios del gobierno con varios procesados,   otros factores impidieron a la Unidad seguir ciertas líneas de investigación: "El entramado de delitos, negocios y negociados, relaciones malsanas y clandestinas, intereses económicos, estratégicos y diplomáticos en el que se pergeñó, ejecutó, enmascaró y encubrió al atentado contra la AMIA ha sido apenas rasguñado con las investigaciones simuladas durante más de dos décadas". Básicamente,  denuncia la persistencia de una política de Estado comprometida con el sostenimiento de la Historia Oficial y el encubrimiento,    que   "seguirá incrementando masas estériles de información acumulada, sin estrategias de exploración e interpretación, ni tácticas esbozables de sistematización investigativa y con nula voluntad de rozar intereses del poder real".

                                    Intereses que tuvieron que ver con el contrabando de armas del menemismo y la voladura de Río Tercero,  donde existió "una comunidad de negocios" con oscuros traficantes, con ciudadanos iraníes y de otros orígenes,   y con países interesados en ese tráfico ilegal [13].       

                                    "Una investigación seria, exhaustiva y profesional sobre el atentado a la AMIA, que incluyese sus profundas motivaciones y la totalidad de los personajes interrelacionados hubiera expuesto una red de promiscuidad indiscriminada de negocios ilícitos apenas ocultos, con independencia de su vinculación directa en la materialidad del atentado",  consigna el informe final de la Unidad AMIA a cargo de Cimadevilla[14].       

                                     El documento cuestionó la historia oficial y acusó al gobierno de Macri de haberse negado sistemáticamente a realizar pericias y examinar otras hipótesis plausibles.      También señaló "el papel -a veces inexplicable y colaboracionista-  de las instituciones damnificadas y algunas de las querellas y agrupaciones de víctimas".

                                    “Colaboracionista” es -por cierto-  un calificativo duro para definir el accionar de la DAIA,  pero ajustado a la verdad de los hechos.    Accionar que,  como se verá,  también llamó la atención de los jueces del T.O.F 3 que tuvieron a su cargo el juicio oral por el atentado a la AMIA (2001/2004) donde se desnudaron vergonzosas maniobras de ocultamiento de la verdad,  avaladas por la dirigencia comunitaria.  

                                    "¿Es la necesidad de no investigar el atentado a la AMIA -hace veinticuatro años- lo que frustra el acceso a herramientas de transparencia?. ¿O es la de mantener opacos los negocios privado-públicos -de siempre y hasta hoy- lo que impide investigar y prevenir delitos complejos, y arrojar un poco de claridad sobre AMIA?. En cualquiera de los dos casos, los muertos, heridos, deudos, vecinos y damnificados por el atentado a la AMIA, pagarán el precio de impunidad de sostener la opacidad de la corrupción en la República Argentina. Las reiteradas y eternas promesas gubernamentales, ante los Organismos Internacionales y sus propios ciudadanos, siguen incumplidas",  denunció sin ambigüedades el informe final de la Unidad especial AMIA disuelta por decisión de los festivos contertulios de la DAIA:   Macri y Garavano.       

 

                                     3.-LA FALSA REPRESENTACIÓN DE LA QUERELLANTE NO ES AQUÍ UN MERO FORMALISMO:  SE TRATA DE UN ESCÁNDALO ÉTICO.

                                   Importa aquí señalar que al referirnos a la cuestión de la representación de la DAIA no nos mueve afición alguna por el rigorismo formal.   Por el contrario,  venimos a poner de manifiesto tan sintéticamente como nos sea posible,   que la querellante ha jugado a lo largo de los años y hasta la actualidad un penoso pero determinante papel de favorecimiento a los principales acusados  -y condenados-  por el verdadero encubrimiento del atentado a la AMIA.       Su rol no ha sido el de búsqueda de la verdad,  por cuanto algunos de sus propios dirigentes han prestado apoyo en algunas de las maniobras ilícitas, que llevaron a la destitución en juicio político del entonces juez a cargo de la investigación del atentado,  Juan José Galeano,   y su condena a prisión junto a los ex fiscales Eamon Müllen y José Barbaccia por el desvío de la investigación,  en hechos calificados por el T.O.F. 2 como “graves violaciones a los derechos humanos”.  

                                   De modo que su forzado rol en la presente causa está condicionado por su necesidad de ocultar su propio papel en el desvío de la investigación.

                                   Con fecha 28 de febrero de 2019 el Tribunal Oral en lo Criminal Federal 2 condenó a penas de prisión por encubrimiento del atentado a la AMIA al ex jefe del servicio de inteligencia del Estado (SIDE) Hugo Anzorreguy, a un ex alto funcionario de la Policía Federal,  al ex juez Galeano y a los ex fiscales Müllen y Barbaccia, entre otros.     No obstante, y en decisión polémica que ha sido apelada,  el fallo dejó afuera la dimensión política del encubrimiento y de esa violación a los derechos humanos,  al disponer las absoluciones del ex presidente Menem y del ex titular de DAIA Beraja. 

                                    Es inconcebible suponer que las vergonzosas maniobras orquestadas de destrucción de pruebas y desvío comprobado de la investigación de una masacre de repercusión internacional,  calificadas como “graves violaciones a los derechos humanos”, protagonizados por la SIDE y funcionarios judiciales que respondían al gobierno y a los espías,  no siguieron instrucciones de quienes detentaban el poder político, en sintonía con aliados locales y extranjeros.    Cabe recordar entre esas maniobras que contaron con obvio apoyo político del más alto nivel,  el pago de un soborno de U$ 400.000 y U$5.000 por mes a lo largo de 18 meses con fondos reservados de la SIDE:   es absurdo suponer que no haya contado con la venia presidencial y el apoyo de la dirigencia judía de entonces,  como sobran las evidencias.     Y así incluso  lo consignó en su momento la propia acusación fiscal a cargo del Dr. Natalio Alberto Nisman que dio lugar a la formación de esa causa,  al igual que lo expresaron las querellas del Ministerio de Justicia de la Nación y de la agrupación de familiares de las víctimas “Memoria Activa”.       

                                    Todo ello fue motivo de apelación por parte de varias querellas, y la cuestión deberá ser discutida en otras instancias.  

                                    Fuera de eso,  una vez más dio la nota la DAIA (tenida aquí  por querellante en la resolución firmada por los jueces Hornos y Borinsky),  con un comunicado sobre el fallo que vale la pena repasar.  Porque evidencia que nada diferencia a la DAIA de los años 90 enlazada con Menem y Galeano,  de la DAIA que impulsa la reapertura de esta causa,  para sustituir el verdadero encubrimiento.         En efecto: 

 

                                   Con fecha 1 de marzo de 2019,  DAIA declaró:

 

“En primer lugar, su satisfacción por la absolución de Rubén Beraja, ex presidente de la DAIA, en una decisión que demuestra que la dirigencia comunitaria actuó sujeta a derecho, e impulsando la investigación para llegar a la verdad”.   

                                    No en vano el entonces procesado Beraja se encargó de resaltar cada vez que declaró en ese juicio,  que todas y cada una de sus actuaciones con relación a las negociaciones con el preso Telleldín y su abogado fueron comunicadas al resto de la comisión directiva de la DAIA.  Así lo escucharon proclamar varios integrantes de la DAIA,  cuando asistieron a la sala de audiencias como público en su apoyo.  A buen entendedor,  pocas palabras.    Así fue que la DAIA siguió a través de los años sin apartarse un renglón del libreto de defensa de su ex titular y con ello,  de la Historia Oficial del atentado que adjudicó con falsedad la responsabilidad de los hechos a un grupo de policías bonaerenses, a sabiendas de su ajenidad con relación al atentado.   

                                     El comunicado de DAIA referido al fallo del T.O.F 2  dice que la acusación  “obedeció a la estrategia de querer convertir, a través de su persona y en su carácter de dirigente institucional, a las víctimas en victimarios”.     

                                    Lo  cierto es que el maridaje de la DAIA con el condenado Galeano y el aval a sus numerosas maniobras ilegales de inteligencia fueron evocados por las partes y acreditados con infinidad de ejemplos tanto en ese juicio por encubrimiento como en el anterior por el atentado mismo ante el T.O.F. 3 (2001/2004).    Incluso,  el T.O.F. 3,  al anular hace ya 17 años lo actuado en la causa AMIA por las irregularidades y delitos cometidos en la falsa investigación,  destacó en el Fallo  la “incomprensible actitud” (SIC) de los dirigentes comunitarios y sus letrados que seguían defendiendo lo indefendible,  y apoyando a Galeano, Müllen y Barbacia,  señalándoles la Sentencia además:  

 

 “a esta altura, defender a ultranza a los funcionarios judiciales y del Ministerio Público Fiscal a cuyo cargo estuvo la peor investigación de la que hemos tenido conocimiento, sin modificar, mínimamente, la perspectiva en esa incansable tarea, ni demostrar alguna duda o al menos una oscilación en el pensamiento, tampoco puede exhibirse como una virtud, sino, más bien, por parte de los profesionales, como una visión sólo apegada a la constancias escritas de la instrucción y no a la verdad que surgió del debate”.

 

                                   Las expresiones transcriptas  -insistimos-  provinieron de los jueces que asistieron a lo largo de tres años a un extenso y agotador juicio oral en el que todo lo actuado en los años previos fue revisado con detenimiento.    Y que no lograban comprender porqué la querella de la DAIA/AMIA persistía hasta el final en proteger a los funcionarios encubridores.          

                         No obstante,  y con el fin de aliviar su situación procesal,  en el juicio oral por el encubrimiento, ante el T.O.F. 2  el ex titular de la DAIA –tanto en su declaración indagatoria como en su alegato-  negó enfáticamente haber tenido una relación estrecha con Galeano o haber defendido su actuación mientras era juez.    Sin embargo, DAIA en el referido comunicado del 1 de marzo de 2019 sobre el nuevo fallo  -ahora sin medias tintas-  salió en abierta defensa del destituido y condenado juez, al señalar ya sin disimulo:

 

“A su vez, manifiestan su disconformidad por las penas relacionadas con los delitos de peculado y privación ilegítima de la libertad que el Tribunal le atribuyó al ex juez Juan José Galeano, por considerar que no fueron probados durante el juicio.  A pesar de las acusaciones que se han escuchado, el proceso judicial no ha brindado sustento fáctico probatorio a esa versión conspirativa[15]. 

 

                                   El bochornoso comunicado de la dirigencia de DAIA y AMIA agrega que no se  “ha producido prueba determinante”  que permita sostener que a Telleldín se le pagó para mentir.    Este libelo no lo firma la defensa del condenado Galeano,  sino la representación de las entidades que supuestamente “no participaron” de las fechorías realizadas por el ex juez y sus mandantes.      

                                    El juicio oral trató sobre buena parte de las maniobras de ocultamiento (no todas) mediante las cuales poderosos miembros del gobierno de Menem con la participación de funcionarios judiciales, de inteligencia nacional y extranjera y policía federal, más el entusiasta acompañamiento de un grupo de dirigentes de la comunidad judía, desviaron intencionadamente la investigación y protegieron a personajes muy cercanos a la entonces familia presidencial.

                                    Recordamos que han sido allí juzgados Juan José Galeano –ex titular del Juzgado Federal n° 9-, Eamon Mullen –ex titular de la Fiscalía Federal n° 9-, José Carlos Barbaccia –ex Fiscal adjunto de la Fiscalía Federal n° 9-, Hugo Anzorreguy –ex titular de la Secretaría de Inteligencia de Estado-, Patricio Finnen –ex agente de inteligencia de la SIDE-, Carlos Alberto Telleldín -último poseedor del motor cuyo fragmento numerado apareció entre los escombros de AMIA-, Ana María Boragni –pareja de Telleldín al momento de los hechos-, Víctor Stinfale –abogado defensor de Telleldín- y Rubén Ezra Beraja –ex titular de la DAIA-  ,    con relación al soborno pagado a Telleldín para comprarle una declaración falsa. Se les sumaron a ellos Carlos Menem –Presidente de la República Argentina entre 1989 y 1999-, Juan Carlos Anchézar –ex subdirector de la SIDE-, Jorge Alberto Palacios –ex Comisario Mayor de la P.F.A-. y Carlos Castañeda –ex Comisario de la P.F.A.-, con relación al encubrimiento de Alberto Kanoore Edul y en sentido amplio de la pista sirio-iraní-local (delito verificado en el fallo del T.O.F 2).       

                                    Respecto de la acusación a jefes de la Policía Federal en las maniobras encubridoras,   una vez más,  fue la DAIA la entidad que salió diligentemente en su defensa.    Con un acto de homenaje incluido    -en noviembre 2001, en pleno juicio oral ante el T.O.F 3-    en el que la dirigencia de la DAIA premió con una placa al comisario Jorge Palacios y otros “por su contribución a la investigación del atentado” (SIC) :

 


Izq: comisario Jorge Palacios. De civil, y con su copa más alta entre todas, José Hercman,  titular de la DAIA y mano derecha de Rubén Beraja.

                                    Definitivamente,  han demostrado ser una gran familia.

                                   Dos facetas del encubrimiento fueron entonces tratadas en el juicio oral: el ocultamiento de la pista siria, y el armado de la pista falsa de los policías bonaerenses mediante el pago de un soborno de más de U$400.000 a Telleldín. Quedan aún pendientes otros hechos vinculados como, por ejemplo, las coacciones del ex comisario -y asesor del ex titular de la DAIA Rubén Beraja- Luis Vicat a los detenidos Huici, Barreda y Araya para que dijeran haber visto una camioneta Trafic en determinado tiempo y lugar, aportando con ello a la historia oficial.   Vicat se encontraba procesado por “extorsión”, pero la Cámara consideró que se lo debía indagar por “coacción”,  por lo que no fue incluído en el juicio oral celebrado ante el T.O.F. 2..

                                    La conclusión de lo expuesto es escandalosamente evidente: principios elementales de decoro, prudencia y sentido común indican que la DAIA, comprometida a través de directivos y abogados con maniobras investigadas en el juicio por el verdadero encubrimiento no ostenta legitimidad moral para representar y hablar en nombre de las víctimas del brutal atentado. No, al menos, hasta que corrijan el rumbo, repudien lo perpetrado por sus dirigentes en la causa AMIA y vinculadas y comiencen sin ninguna demora la más profunda evaluación y autocrítica sobre su actuación y su innegable cuota de responsabilidad en la impunidad que aún hoy subsiste.

  

                                               Afirmamos que ese grupo de dirigentes judíos traicionó a su comunidad y, guiados por otros intereses, operaron a favor del encubrimiento y la impunidad. Son parte del problema, no de la solución. Y, hasta tanto efectúen una profundísima autocrítica de lo actuado y un repudio del contubernio protagonizado por las anteriores gestiones, carecen de legitimidad para encabezar cualquier reclamo de justicia por el atentado a la AMIA y para hablar en nombre de una colectividad agraviada con su conducta.

 

                                             Sus dirigentes,  lejos han estado de haber sufrido daños personales especialmente calificados o distintos del resto de la comunidad judía y la sociedad argentina toda.    

                                               Por el contrario, es hoy indisimulable que han sido funcionales a las maniobras orquestadas en el armado arquitectónico de una historia falsa “al servicio de intereses políticos inescrupulosos”,  según las palabras utilizadas en el Fallo dictado por el  T.O.F: 3

                                               Basta con advertir que en cuanta oportunidad surgió alguna chance de avanzar a fondo en búsqueda de la verdad, los dirigentes de DAIA seguidos por la AMIA y por sus letrados se alinearon sistemáticamente en defensa del secreto y de los encubridores.       Los ejemplos son muchísimos, demasiados, y se extendería en exceso esta presentación para referirlos todos.  Mencionemos aquí, “a vuelo de pájaro” y solo por su enunciado, apenas algunos episodios paradigmáticos:

 

• cuando estaba por conocerse el video donde se apreciaba al juez Galeano negociando con Telleldín el soborno (y las fotos que a cambio del dinero tendría que reconocer), quien presionó a los medios para que no lo difundieran fue el entonces titular de la DAIA Rubén Beraja;

• cuando el prosecretario del juez Galeano, Claudio Lifschitz, reveló cómo el juez y el gobierno de Menem habían ocultado pruebas y decidido plantar la pista falsa de los policías bonaerenses, quien lo querelló por “violación de secretos” fue la querella AMIA/DAIA;

• cuando en el juicio ante el TOF 3, que analizó la vergonzosa instrucción de la causa por Galeano, el tribunal reclamó que se levantara la obligación de secreto y se autorizara a declarar a los agentes de la SIDE respecto del pago ilegal a Telleldín (negado por la DAIA), quien se opuso fue la abogada de la DAIA (y defensora de Beraja en causas por el vaciamiento del Banco Mayo) Marta Nercellas. Según el auto de procesamiento, Beraja brindó su apoyo al trato con Telleldín. Una de las primeras medidas que dispuso Néstor Kirchner tras asumir la presidencia de la Nación fue disponer por decreto el levantamiento del secreto de los agentes de la SIDE convocados a declarar, probándose así el pago ilegal, para disgusto de la DAIA y sus abogados;

• cuando en noviembre de 2001 estaban por declarar ante el TOF 3 los policías federales que el 18 de julio de 1994 dejaron como zona liberada la sede de la AMIA, la DAIA en los días previos entregó una placa de homenaje a la Policía Federal por “la tarea de investigación realizada con respecto a los atentados terroristas contra la embajada de Israel y la AMIA”, con la presencia de los después procesados comisarios Palacios y Santos. Y del juez Galeano;  

• cuando la entonces Secretaria de la Unidad Especial para el seguimiento de las investigaciones Nilda Garré pidió investigar el “encubrimiento del menemismo” e ir por la pistas abandonadas, el titular de la DAIA José Hercman acordó con los fiscales Müllen, Barbaccia y Nisman que éstos denunciarían a la funcionaria -con un motivo falso-, reclamando y obteniendo Hercman su inmediata remoción por parte del saliente en helicóptero presidente De la Rúa;

• cuando en diciembre de 2009 el juez Ariel Lijo corrió vista a las querellas para que acusen a los imputados por el encubrimiento, la querella AMIA-DAIA trastocó su papel asumiendo el carácter de defensora del imputado Beraja, expresando además que la acusación es equivalente al libelo antisemita sobre “una conspiración internacional del pueblo judío para dominar el mundo”. Los presidentes de AMIA y DAIA (Guillermo Borger y Aldo Donzis) con el patrocinio del Dr. Miguel Angel Zechin expresaron “que hoy esté sometido a proceso es un dislate para el que nos faltan calificativos”. “En calumnias como ésta han abrevado los más acérrimos antisemitas en el mundo entero”. Sugestivamente, asumieron en el escrito que “junto con él, se arrastra en tal acusación a toda la dirigencia comunitaria de aquélla época”, que por lo visto aún sigue siendo de esta época. Luego, calificaron de “desvergonzada” la acusación contra Beraja, señalando que ella obedece a la voluntad de transformar a la víctima en victimario, dentro de la “fantasía” de la existencia de un complot encubridor. Nada más alejado de la realidad, dijeron Borger y Donzis en su presentación ante la Justicia.

• cuando se desarrolló el proceso de destitución en juicio político del juez Galeano, sus testigos a favor fueron dirigentes de DAIA;

• cuando el entonces intendente porteño Mauricio Macri propuso como jefe de la Policía Metropolitana al comisario Jorge “Fino” Palacios –a punto de ser procesado por desvíos de la investigación del atentado-   sus más fervorosos apologistas fueron los ex presidentes de DAIA Jorge Kirszenbaum y José Hercman y el ex vicepresidente Roberto Zaidemberg.

                                   Podríamos seguir con muchos otros episodios, o analizar la larguísima historia de intereses contrapuestos de dirigentes y algunos abogados de la querella oficial, representando a víctimas de los atentados y manteniendo al mismo tiempo estrechos vínculos sociales, políticos, comerciales o profesionales, con sospechosos de formar parte de la trama del encubrimiento.

                                    Sobre el particular,  no debe perderse de vista que las verdaderas víctimas del brutal atentado han sido los muertos y lesionados,  así como sus familiares y amigos.    

                                    La aquí querellante no es ni ha sido siquiera titular del inmueble atacado.    

 

                                   Nos permitimos aquí citar en el siguiente recuadro un fragmento del alegato de la querella de familiares “Memoria Activa”,  sobre el cierre del juicio moral desarrollado ante el T.O.F. 3:

 

“¿Por qué hubo un débil reclamo de Daia durante el menemismo y como influyeron los negocios del Dr. Beraja? A través del banco Mayo, Beraja subsidió los clubes y colegios comunitarios, recibiendo a cambio el voto para ser elegido y reelegido presidente de DAIA. Asimismo fue condescendiente con Menem por la mala investigación y en compensación recibió del Banco Central de la República Argentina redescuentos por casi 298 millones de dólares, que ahora lo tienen preso. Por eso se explica el enojo del ex presidente cuando en el discurso de los familiares redactado por MEMORIA ACTIVA, el día 18 de julio de 1997 se imputaba al gobierno de MENEM y DUHALDE de consentir la impunidad con la recordada frase YO ACUSO.

Eso no podía pasar si Beraja le había garantizado a Menem bajo perfil y débil crítica, cómo era que no podían contener los discursos de los familiares?

Cuando pienso en esos dirigentes de la comunidad judía acercándose al poder, adulando a Menem, privilegiando sus negocios, pienso en el texto de Hannah Arendt, EICHMANN EN JERUSALEM, Un estudio sobre la banalidad del mal, y recuerdo los pasajes donde relata acerca del pueblo y dirigentes de Dinamarca que resistieron a los nazis evitando el genocidio y pienso en todos los movimientos de resistencia durante la historia del pueblo judío oponiéndose al poder; entonces celebro la lucha de Memoria Activa y me surge un profundo dolor por la actitud que tuvieron muchos de nuestros dirigentes.

¿Cómo se explica que Wilson Dos Santos quien avisó varias veces antes del atentado, fuera condenado en un juicio en el que DAIA, AMIA Y FAMILIARES fueron parte querellante, al igual que lo son en el juicio que se sustancia contra el Dr. CLAUDIO LIFSCHITZ por violación de secretos.

A lo largo de la historia del pueblo judío siempre se esgrimió a su favor una ventaja de carácter moral que le permitía denunciar su persecución y discriminación y así reclamar el apoyo de las restantes comunidades plurales y progresistas. Es lamentable entonces que desde las direcciones de las organizaciones comunitarias se hubiera apoyado y sostenido como se lo hizo una investigación judicial tan irregular como ésta.

Los judíos sabemos más que nadie lo que es ser elegido como el chivo expiatorio, porque a lo largo de la historia siempre fuimos seleccionados así. La pregunta es porqué en esta causa la dirigencia comunitaria resultó la electora de otros como chivo expiatorio.

La Constitución Nacional no es un simple papel, es el contrato fundamental que une a los hombres y a sus organizaciones y nos diferencia de los animales y de la anarquía. La dirigencia a la que me refiero nos corrió del lugar de víctimas con derecho al justo reclamo.

La enérgica oposición de DAIA en el juicio oral al levantamiento del secreto de los agentes de SIDE, fue un hecho vergonzoso. El argumento utilizado fue, que permitir a los agentes secretos que declaren constituiría un peligro para la seguridad del estado. Sí, la DAIA protegió y privilegió la seguridad del estado en lugar de la averiguación de la verdad, argumento que utilizó tantas veces para saltar las reglas procesales cuando lo consideró conveniente.

Tal oposición al levantamiento del secreto demostró claramente su voluntad encubridora. Lo que se vio corroborado posteriormente, porque del testimonio de los espías surgió nítido el pago de los cuatrocientos mil dólares por parte del instructor del sumario a Telleldín, circunstancia que DAIA conocía desde el inicio, circunstancia que avaló, impulsó y posteriormente ocultó.

Recuerdo que el día en que se hizo el planteo, ni siquiera los Fiscales, que son los que deben expresar la voluntad del Estado, se animaron a tanto.

El cuestionamiento de MEMORIA ACTIVA apunta a los dirigentes que en su momento condujeron la DAIA y la AMIA, y no pretende agraviar a las instituciones en si mismas, pero reclama de las nuevas autoridades un decidido cambio de rumbo. “

 

                        El papel del ex titular de la DAIA en el desvío de la investigación fue puesto de manifiesto en el auto del juez Ariel Lijo de elevación de la causa por encubrimiento a juicio,  refiriendo a su vez lo señalado por la Sala I ad hoc de la Cámara Federal: 


 

                                               Sobre el particular,  la Sala I ad hoc, en la causa N° 39.816, “Galeano, Juan José y otros s/delito de acción pública” 29 de junio de 2007,  al resolver el recurso de apelación de Beraja contra su procesamiento señaló:

“Así, deben mencionarse los dichos de Claudio Lisfichtz, quien aseveró que para la época en que se estaba gestionando el referido acuerdo entre Telleldín y Galeano éste “tenía todo el poder” y era apoyado en forma incondicional por la querellante AMIA-DAIA, en particular por los Dres. Cichowolsky y Beraja (ver fs. 69/78, en particular fs. 77 vta.). A ello agregó, en una declaración posterior, que este último: “...sabía lo que pedía Telleldín para declarar. Lo sabía porque después de que se le enseñaron las fotos a Telleldín [en alusión a la reunión del 10 de abril de 1996] antes del pago, el Dr. Beraja lo vino a ver a Galeano en una reunión después de las 19.00 hs. Abrió la puerta el Juez, entró con el Dr. Beraja y le pidió a Roberto Dios que pusiera el video... En esa reunión el Dr. Beraja dice ‘qué quiere este tipo’ y el juez le dijo que quería cuatrocientos mil dólares y Beraja le dijo si no tenía Telleldín propiedades que pudieran justificar el pago” (cfr. fs. 399/420 vta. del principal, en particular fs. 402 vta.; ver también en el legajo de trascripciones de los dichos vertidos por Lisfichtz ante el TOF N° 3 que corre por cuerda, el relato que en similar sentido brindó en la audiencia del 10 de septiembre de 2003)”.       

                    

                                               Podríamos agregar numerosos episodios más –siempre en el mismo sentido-   que evidencian de modo categórico el compromiso de la dirigencia de la DAIA con los autores del desvío intencional de la las investigaciones,  pero a esta altura ya resultaría redundante.    La actuación conjunta fue puesta de manifiesto por el T.O.F 3 en su Fallo en la causa por el atentado, con el siguiente ejemplo[16]: 

No puede soslayarse que a lo largo de la instrucción se observó por parte del juez y de algunos de sus colaboradores cercanos, una excesiva familiaridad de trato con los referentes de la querella representante de una de las asociaciones especialmente damnificadas por el cruento hecho. Ello, sumado a la ocurrencia de impropias peticiones efectuadas a una de las partes, afecta claramente el principio de imparcialidad.

Cabe reproducir, para ilustrar esta aseveración, el diálogo que mantuvieron el juez con Rubén Ezra Beraja, ex presidente de la D.A.I.A., obtenida en el marco de la causa nº 10.247 del Juzgado Federal nº 5, secretaría nº 10, “Beraja, Rubén Ezra y otros s/defraudación c/administración pública”, cuyo contenido es por demás demostrativo de lo afirmado precedentemente.

Casete nº 8, del abonado 375-1100. Llama una mujer (M), de parte del Dr. Beraja, y solicita a su interlocutor (A), hablar con el Dr. Galeano (G):

-           A: Juzgado, Buenas tardes.

-           M: Si, buenas tardes, ¿el doctor Galeano se encuentra?

-           A: Quién le habla?

-           M: El Dr. Beraja

-           A: ¿El Dr. Beraja quiere hablar?

-           M: Si

-           A: No me corte por favor

-           M: No corto...

-           G: Hola

-           M: Si, Doctor?

-           G: Que tal ...

-           M: Buenas tardes ¿cómo le va?. Bien y Ud.?, Le paso con el Doctor Beraja.

-           G: Bueno

-           ...

-           B: La verdad es que yo creí que iba a ser otra cosa.

-           G: Claro

-           B: Y además se me malquistó con el Tribunal, ayer el hombre

-           G: Ah, no sabía eso.

-           B: Y dice que...

-           G: ...yo no hablé con Marta...

-           B: dice que fueron poniendo caras que iban cambiando porque lo veían actuar como patrón de unaa...

-           G: eee... patrón de estancia,

-           B:...claro, eee, yyy.

-           G: Y además, fue corrigiendo a un tipo que había declarado, que decía que él lo conocía, o sea fue ayudando a un tipo que él lo conocía.

-           B: Si, si, si, un alarde, como un verdadero jefe.

-           G: Igualmente yo creo, que tenemos que generar, de vuelta, lazos con... con... con otra gente, como para,... yo me estoy yendo –te hablo esto... para que vos lo manejes, o lo sugieras o veas...-, yo me estoy yendo a Washington el 20.

-           B: Perfecto

-           G: ¿Me entendés?

-           B: Si

-           G: Todo el mundo quiere volver de Washington y yo me estoy yendo

-           B: Y... porque sos una persona abnegada

-           G: Eeeh?

-           B: sos una persona abnegada

-           G: Exacto

-           B: Y tenés coraje

-           G: Exactamente, me entendés

-           B: Siee

-           G: Entonces, bueno... y estoy yendo para Washington, para decirles qué hacer a los tipos para esclarecer el atentado, ¿Sí?

-           B: Sieee

-           G: ...Y para demostrarle a Washington, también, que nosotros estamos ahí, también, ¿No?. Que hemos sufrido lo mismo,...

-           B: Claro

-           G: Me parece que haría falta un poco de apoyo de ustedes

-           B: Voy a buscarte el contacto. ¿El 20 me dijiste?

-           G: Yo estoy viajando el 20 creo, luego el fin de semana, pero, me da la impresión de que es importante de que esto no quede en el aire

-           B: no, no, yo me pongo en campaña, ya.

-           G: Porque yo voy a jugar, la ficha la voy jugar; contra el ántrax, viste, contra toda la huevada yo voy, me entendés

-           B: Muy bien

-           G: Mientras están bombardeando los aviones, y (o)..., Juan se sube

-           B: Muy bien, y...

-           G: ¿Vos lo ves mal?

-           B: Nooo, me parece bien

-           G: Y sigo eh, y sigo de ahí a París

-           B: Me parece muuuy bien, me parece muy bien que estés en la ofensiva.

-           G: Me entendés... como que quiero marcar un camino, ¡no?, y dar un marco, diciendo “Chee, que esto no es de acá, esto tiene origen,... el 80 por ciento del origen de esto es de origen extranjero”

-           B: Yo tengo el artículo sobre la guerra asimétrica

-           G: Aha

-           B: Está en inglés, ¿Vos lees algo de inglés?

-           G: Algo entiendo y sino me lo traduzco

-           B: El lunes te lo mando y... lo otro, que te había hecho llegar esta gente, ¿pudiste trabajar algo?

-           G: Perdoname? Perdoname que estoy sin frecuencia de radio, no te entiendo.

-           B: El mail

-           G: Si, bueno si, se mandó a hacer.

-           B: Ah

-           G: Todo lo que hay que hacer, se mandó a hacer.

-           B: Esta bien

-           G: Lo puse al “Fino” a trabajar

-           B: Esta bien... ¿Él le dio importancia? ¿o le pareció...?

-           G: no, no, no; yo le dije que era importante, le pedí que se ocupe.

-           B: Bueno

-           G: Me vino a ver Jorge y me dijo que tenía mas información

-           B: Aquí está conmigo y me dice que va a ir el lunes

-           G: Pero, pero yo no quiero que venga, yo quiero que siga el mismo sistema

-           B: Ahhh, bueno, ahora le digo

-           G: Me entendés?

-           B: OK

-           G: y que no lo haga desde un lugar donde se pueda ubicar

-           B: entendí, entendí, entendí. Una cosa prolija, entendí

-           G: Hay tantos bares, y tantos.. donde si el tipo quiere mandar un “i”..., lo que quiera mandar que lo mande de la misma manera, con los mismos códigos,

-           B: Entendido

-           G: eh, sino, pierde sustancia

-           B: Claro, claro, “hay poca”¿? distracción ahí

-           G: Me da la impresión a mí?

-           B: Estoy de acuerdo, estoy de acuerdo Me parece muy prolijo. Te mando un abrazo y buen fin de semana

-           G: Igualmente para vos y... (Superposición de voces imposible de escuchar)... porque me gustaría que vos hagas los contactos allá, para hablar con la gente adecuada

-           B: De acuerdo

-           G: Ok.

Se despiden con un abrazo.

 

Como sostuvo en su alegato ante el T.O.F. 2 el defensor de los policías bonaerenses falsamente acusados por el atentado, Dr. José Ubeira:

En los actos públicos se golpean el pecho,  hablando de la verdad, la justicia, el esclarecimiento,  los muertos...pero dentro de este proceso la DAIA tuvo una actividad de claro encubrimiento"[17].

                                               La protección por parte de la DAIA al accionar de Galeano y otros funcionarios corruptos no fue perpetrada en aras a la obtención de la verdad,  pues no era la verdad el objeto de la actividad de esos funcionarios.    Así lo señaló respecto del ex juez Galeano  el Tribunal Oral en lo Criminal Federal nº 3 de la Capital Federal, integrado por los Dres. Miguel Guillermo Pons, Gerardo Felipe Larrambebere y Guillermo Andrés Gordo,  en la Causa nº 487/00  “Telleldín, Carlos Alberto y otros s/homicidio calificado... (atentado a la A.M.I.A.)” y sus acumuladas nros. 496/00, 501/01 y 502/03,  en Fallo del 29/10/2004:

 

“Demostradas las numerosísimas irregularidades en que incurrió el señor juez instructor, se advierte con meridiana claridad que su posición frente a la causa lejos estuvo de perseguir el descubrimiento de la verdad real y de resolver justa y legalmente. Por el contrario, al aceptar las intromisiones más arriba indicadas, el señor juez demostró que su finalidad era llegar a un resultado cualquiera fuese el camino a transitar para ello.

El término resultado no quiere significar un accionar enderezado a la verdad, sino a procurar la satisfacción de la sociedad toda y en particular de la comunidad judía, como también de los gobernantes de turno urgidos de respuestas frente a diversos tipos de reclamos”.

                                   Cierto es que se han sucedido distintas comisiones directivas en la DAIA con posterioridad al atentado a la AMIA.    Y podría entonces argumentarse que esta entidad no reivindica su torcido accionar de los años ´90 y de la década siguiente,  y que sus acciones actuales se guían por la búsqueda de la verdad,  aunque ésta comprometa a algunos de sus anteriores dirigentes.

                                   Pues no.    La DAIA que en diciembre 2016 se reunió con Macri,  pidió la reapertura de la causa,  y celebró con los miembros del gabinete del gobierno es la misma que en un comunicado ya referido del 1 de marzo de 2019 siguió defendiendo a Beraja, a Müllen,  a Barbaccia y a Galeano.    La misma que se expresaba en noviembre de 2016 a través de su secretario general Kaplun en una entrevista de la agencia AJN donde,  sin matices,  alababa respecto de su entidad “su labor coherente en pos del esclarecimiento del atentado durante los últimos 20 años”,  concepto que remarca varias veces en la nota (“un reconocimiento al trabajo que viene haciendo la DAIA desde el atentado”, “la coherente, persistente y tenaz lucha en pos del esclarecimiento del atentado a la mutual”,  “esto se refiere al trabajo de todas las conducciones que nos precedieron” y otras frases similares)[18].

 

                            4.- LA REAPERTURA DE LA CAUSA SE PRODUJO A INSTANCIAS DE LA DAIA CON SUSTENTO EN UNA FALSA INVOCACIÓN.  

                                   Según adelantamos,  la resolución de fecha 29 de diciembre de 2016 que tuvo por querellante a la DAIA ha dado por cierto una circunstancia falsa:  que dicha entidad posee la representación “de la comunidad judía”  (en los términos en que la “sindicó” Mauricio Macri,  agregamos).   

                                   Así,  el fallo consignó (los destacados en negrita nos pertenecen):  

“debe considerarse a la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (DAIA) como “ofendida” por el delito investigado, que ha sido delimitado por el denunciante y el fiscal federal, Gerardo Pollicita, como “el encubrimiento de los presuntos responsables del mayor atentado criminal ocurrido el día 18 de julio de 1994 contra la sede de la AMIA, mediante la existencia de un plan criminal delictivo destinado a dotar de impunidad a los imputados de nacionalidad iraní acusados en dicha causa para que eludan la investigación y se sustrajeran de la acción de la justicia argentina, orquestada y puesta en funcionamiento por altas autoridades del gobierno nacional argentino”. La recurrente ha fundado suficientemente su petición considerando que, una de las más importantes funciones que cumple en representación de la Comunidad Judía de la República Argentina, es la de velar por el respeto de los derechos naturales del individuo y del ciudadano, en especial cuando se vulneran dichos principios, y por los intereses que protege la comunidad judía y sus integrantes. Ese fue el eje sobre el cual la pretensa querellante ha explicitado la legitimación que pretende para actuar como parte acusadora en la causa de mención, postulando especialmente que “el carácter de ofendida de la entidad que represento en los hechos que deben investigar, resulta evidente considerando que la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (DAIA) resulta ser una de las entidades víctimas del atentado terrorista perpetrado en fecha 18 de julio de 1994, cuyo posible encubrimiento es lo que da origen a la presente pesquisa”. En este sentido, señaló que de comprobarse la hipótesis imputativa esgrimida oportunamente por el fiscal, su representada sería ofendida por los hechos denunciados. Remarcó, por último, que en la causa principal donde se investiga el criminal atentado terrorista, cuya víctima fue la sociedad argentina en su conjunto, y donde se investigan diversas irregularidades en la investigación y el encubrimiento, le ha sido reconocida la legitimación procesal a su representada para actuar como parte querellante. Además, cabe recordar que el estatuto de la DAIA es claro cuando dispone, en su artículo cuarto, que su función tendrá por objeto “4.1. Representar a las entidades miembros, a la Comunidad Judía y a sus integrantes, realizando cuantos actos, gestiones, acciones, peticiones y actividades sean necesarias, en salvaguarda de los derechos naturales del individuo y del ciudadano en especial cuando se vulneren dichos principios con actos discriminatorios por motivaciones religiosas, raciales o étnicas, ejerciendo toda actividad necesaria para luchar contra el antijudaísmo, la discriminación y la xenofobia, que fuese promovido o iniciado por cualquier tipo de organismo, institución, persona física o jurídica o grupos colectivos; 4.2. Velar por la seguridad jurídica de la Comunidad Judía y sus integrantes, de los derechos humanos y por la dignidad del hombre teniendo en consideración las fuentes y tradiciones judías, las normas nacionales e internacionales que rigen la materia y en particular las normas y reglamentaciones constitucionales que sustenten dichos principios”. Asimismo y para el cumplimiento de dichos objetivos, el artículo 5, en el punto 6, del estatuto dispone que la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas podrá intervenir judicialmente ante todos los fueros y en todas las jurisdicciones con la facultad expresa de formular querellas. Resulta de lo expuesto su derecho a constituirse en parte querellante, pues cierto es que conductas como las aquí denunciadas podrían afectar, especialmente, a la comunidad o grupo social que la DAIA representa. En este sentido, tal como destacó la recurrente, la necesidad de esclarecimiento de los hechos denunciados mediante una investigación diligente y exhaustiva y el particular reclamo de justicia que se vería obturado en su línea de comprobación fáctico-jurídica de la hipótesis delictiva ensayada, permiten considerar admisible la pretensión de la DAIA, respecto de hechos que habrían damnificado a la sociedad argentina en su conjunto. En este caso, en el que se analiza la legitimación de una asociación a efectos de ser tenida por parte querellante, cabe admitir que si bien el hombre es por esencia el titular de derechos humanos, la solución sugerida se inspira en la intención de dar la mayor protección posible al ser humano en sus múltiples actividades dentro de la sociedad; y también de admitir que es un derecho del hombre asociarse libremente con fines políticos [artículo 14, 14 bis y 38 de la C.N.; XXII de la DADH; 20 y 23.4 de la DUDH; 16 de la CADH; 8.a.b y c del PIDESC; 22 del PIDCP –entre otros–. (Gordillo, Agustín (Gordo–Loiano– Rossi) “Derechos Humanos” pág.X–15/6, Fundación de Derecho Administrativo, Bs. As., 1997)]. La garantía de debido proceso también ampara la actividad del querellante que por su condición de parte también encuentra protección en la misma (cfr. la prerrogativa sentada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el famoso precedente “Otto Wald”: Fallos 268:266, considerando 2°).

 Es decir, protege dicha garantía a todo aquél a quien la ley otorga personería para actuar en juicio en defensa de sus derechos, sea que actúe como acusador (sin distingos en su carácter) o como acusado (artículos 18 y 75, inciso 22º de la C.N.; 10 de la D.U.D.H.; XXVI de la D.A.D.D.H.; 8º, apartado 1 de la C.A.D.H.; 14.1 del P.I.D.C.P. y 75, inciso 22 de la C.N.). Por lo expuesto entonces, corresponde reconocerle a la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (DAIA) la legitimación procesal que pretende para actuar como parte querellante en el presente expediente.

 

                                   Según ya expusimos,  no es cierto que la DAIA represente a la colectividad judía,  sino al conjunto de entidades que la componen.    No podría ser de otro modo,  y sostener lo contrario importaría violentar la libertad de asociación, protegida y garantizada  por el art. 14 de la Constitución Nacional.

                                   Peor aún que la falsa representación,  es la flagrante contradicción de intereses que trata de ocultar la misma entidad señalada por sus actos de encubrimiento junto a la SIDE,  comisarios de la Policía Federal y el juzgado de Juan José Galeano,  mientras aquí se instituye en denunciadora (con carácter de querellante) “del encubrimiento”!!. 

                               Por eso es que sostenemos que es necesario  poner fin a tan inaceptable sustitución de crímenes y usurpación de funciones,    que perpetúa el ocultamiento de lo ocurrido en el atentado contra la AMIA a través de un entramado que está orientado a impedir que se devele el contorno geopolítico real que está en la génesis de esa tragedia.    

 

 

                      5.-    LAS VERDADERAS CAUSAS DE LOS ATAQUES AL MEMORANDUM

                       En el mes de diciembre de 2012, el ex canciller Hector Timerman realizó una visita a la sede de  DAIA y en una reunión con su Consejo Directivo, impuso a todos sus miembros   de las gestiones que se estaban realizando para llegar a un acuerdo con IRAN y lograr interrogar a los imputados por el atentado a la AMIA.

                      Advirtió también que las organizaciones que nucleaban prácticamente a la totalidad de los familiares de las víctimas estaban de acuerdo con lograr el acuerdo diplomático en gestación. Eso motivó a que el entonces Presidente, Julio Schlosser, expresara que si para los familiares ese acuerdo era positivo la opinión de los dirigentes estaba demás[19].

                       En la misma línea, luego de la firma del Memorandum y durante setenta y dos  horas, ambas instituciones, DAIA y AMIA avalaron la gestión del ex canciller[20] .

      

                                   Y decimos setenta y dos horas, porque en ese lapso, entre indicaciones de la embajada de Israel, siguiendo naturalmente instrucciones de su gobierno y parte de la dirigencia local, los directivos sufrieron una presión  irresistible que los llevó a revertir su posición. A partir de ese momento comenzaron a cuestionar el proyecto de Tratado y en esa línea continuaron a pesar de que pocos meses después, el mismo fue aprobado por el Congreso Nacional.

                        Al mismo tiempo volvieron a realizar una entrevista con el ex canciller y el Secretario de Culto,  Guillermo Oliveri, testigo de una curiosa reunión.  Concurrieron nuevamente el Presidente Schlosser, el entonces Secretario y hoy Presidente Jorge Knoblovitz y el vicepresidente Waldo Wolf.

                          En un lapsus que fue un verdadero sincericidio, Knoblovitz expresó:   “Si Canicoba Corral (el juez de la causa) va a Irán y le dicta a los acusados la falta de mérito porque la prueba no alcanza, ¿de qué nos disfrazamos?”. Y remató: “¡Eso sería inaceptable!”[21]

                          Esta fue la verdadera causa de la oposición al Memorandum,  fuera del acierto o desacierto del instrumento y la forma elegida. La decisión de orden geopolítico, por la cual a cuarenta y ocho horas del atentado, el 20 de julio de 1994, el gobierno de Israel y el de nuestro país, pactaron acusar a Irán antes de investigarlo y determinar  un culpable antes de reunir pruebas.  Esa es la matriz viciada sobre la cual se construyeron todos estos procesos. Ese entramado   podía naufragar veinte años después por un tratado diplomático que ponía en riesgo la decisión de dejar en un limbo jurídico y en el reino de la impunidad, la investigación del atentado.

                              Todas esas contradicciones, explotaron así dentro del propio campo de la dirigencia oficial que a pesar de una tendencia mayoritariamente inclinada hacia posiciones conservadoras, tenía sus diferencias, cuyo origen podría explicarse en elaboraciones que exceden los límites de esta presentación.

                                   Pero no terminaron allí esas zigzagueantes conductas, que reflejaban el costo de adoptar decisiones alejadas de la verdad de lo que estaba ocurriendo.

                                  Ocurrió seis años después, en Enero de 2019, estando en trámite ya esta acusación que hoy nos ocupa.

                                  En ese mes, el Consejo Directivo de AMIA, requirió a DAIA,  el desistimiento de la querella que dio origen a estas actuaciones, sosteniendo que estaba excediendo sus funciones.

                                  A través de su Comisión Directiva sostuvo que “la DAIA debe desistir de la querella contra Cristina Fernandez de Kirchner. La revisión de esa terrible decisión de política exterior y su reversión histórica corresponden a toda la sociedad argentina y sus representantes, Consideramos que mantener esta querella es perjudicial para la comunidad en general -señalan- y afecta a la AMIA en su gestión específica[22]".

                                   A esta altura es importante reiterar que si bien DAIA no representa a la totalidad de la colectividad argentina de origen judía, lo invoca sin ninguna justificación. No solo en sus comunicados sino también en sus estatutos y permanentemente confunde a la opinión pública, a los medios e inclusive, tal vez en forma inadvertida a los propios jueces que no registran adecuadamente su conformación jurídica como persona de derecho ideal.                                                        

                                   DAIA es una entidad de tercer grado, constituida por un poco más de cien instituciones culturales, asistenciales, educativas, deportivas y de diversos formatos –muchas de ellas sin funcionamiento real-    que en ese número limitado de electores-mandatarios,  deciden como integrar a  su Comisión Directiva.

                                   Padece de un bajo nivel de legitimidad en cuanto a la representatividad de los socios de esas instituciones, que no votan en forma directa.

                                   Una de las más importantes componentes de DAIA es AMIA y por eso esta manifestación de separarse de la acción penal , en enero de 2019, tuvo un peso muy relevante y confirmó la existencia de una lucha interna dentro de los propios sectores conservadores de la colectividad.

                                  Durante varios días, el mantenimiento de la querella entró en una situación crítica.

                                   Sin embargo, el desenlace del episodio, fue una reiteración de lo ocurrido seis años antes cuando luego de apoyar el inicio de las tratativas auspiciadas por el Memorandum para avanzar en la investigación, rectificaron su posición por la presión externa e interna que produjo esa variación.

                                                            En una semana, el presidente de la institución Agustin Zbar revirtió su pedido y pidió licencia por tiempo indeterminado[23].

                                                             Señalamos todas estas circunstancias para dar cuenta de que las actuaciones promovidas por DAIA cuya nulidad se está requiriendo, están teñidas por un cúmulo de intereses cruzados que nada tienen que ver con lo que debería haber sido el objetivo central de todos estos procesos, cual es el esclarecimiento del atentado. Y por supuesto, tiene decisivas consecuencias sobre los actos que respaldan el pedido de nulidad de estas actuaciones.

 

                                   La reapertura de la denuncia se fraguó con tratos espurios direccionados a satisfacer –por un lado-  las directivas de persecución política emanadas del entonces presidente Macri,  aunadas con las propias necesidades de la DAIA,  por completo ajenas al esclarecimiento del atentado.         Para ello,  la delegación de asociaciones invocó con falsedad una representación general de la que carece,  y la puso al servicio de las maniobras referidas,  en un proceder que rechazamos enérgicamente.     Y es por tales categóricos motivos,  y los que ya fueron consignados por las distintas defensas,  que venimos a adherir a los pedidos de nulidad interpuestos,  y en particular al formulado por la defensa de la Dra. Cristina Fernández de Kirchner.   

 

                                   V. CONCLUSIONES

                                   Dentro de un mes se cumplirán veintisiete años desde que se produjo el atentado a la sede de la AMIA en julio de 1994.

                                    En todos esos años no se ha logrado esclarecer su autoría y la impunidad que subsiste genera como riesgo que los procesos generados para investigarlo finalicen en un limbo jurídico.

                                    El Estado y el Poder Judicial tienen una deuda pendiente con la sociedad argentina que ha producido  una grave falencia en el Estado de Derecho y una desconfianza generalizada en los magistrados que tendrían que haber exteriorizado con sus conductas un perfil inverso al que los ciudadanos registran de ellos.

                                           Dentro de nuestra colectividad, de la cual representamos sectores relevantes, la actuación de la DAIA, autora de estas acciones a cuya nulidad nos adherimos, ha reflejado también rasgos contrarios a los que podían esperarse de sus dirigentes.

                                           Más que dedicarse  a la causa AMIA, se han servido de ella para maniobras políticas orientadas a  desacreditar y perseguir líderes y dirigentes políticos, sin sujetarse a ningún límite ético.

                                            Este juicio, por la enorme cantidad de pruebas que lo demuestran, es un claro ejemplo de lo que afirmamos.

                                           En las presentaciones de los acusados, se han ofrecido las mismas y nos adherimos a las medidas que generen su producción en las etapas procesales correspondientes.

                                              Es ese el motivo, por el cual consideramos una obligación para nuestra institución, la adhesión que formulamos a través de esta presentación como amicus curiae.


                            VI.  PETITORIO .-

                    

 Por lo expuesto, de V.E. solicitamos:

1,.- Se nos tenga por presentados y se tenga al LLAMAMIENTO ARGENTINO JUDIO como amicus curiae en esta causa.

2. Se tenga por constituido el domicilio.

3.- Se tengan en cuenta los fundamentos expuestos en esta presentación y oportunamente se haga lugar a las nulidades articuladas.

4.- Se tenga presente nuestra adhesión al sobreseimiento en general de todos los imputados.

5.- Se tenga presente en particular, que al disponerse el sobreseimiento declarando que el proceso no afecta el buen nombre y honor de los imputados, debe extenderse esa mención al Sr. Hector Timerman, cuyo fallecimiento determinó la extinción de la acción penal.

6.- Se tenga presente nuestra adhesión a que se giren las actuaciones al Consejo de la Magistratura, para disponer las medidas tendientes al enjuiciamiento de todos los funcionarios involucrados en las denuncias contenidas en esta causa.

 

       Proveer de conformidad

                                                                        SERA JUSTICIA

 

 


 

 

 

 





[13] Lutzky, Horacio  “Brindando sobre los Escombros. La dirigencia judía y los atentados: entre la denuncia y el encubimiento”, Sudamericana, 2012   y  del mismo autor “La Explosión”, Sudamericana, 2017. 

[16] Causa nº 487/00  “Telleldín, Carlos Alberto y otros s/homicidio calificado... (atentado a la A.M.I.A.)” y sus acumuladas nros. 496/00, 501/01 y 502/03,  Fallo del 29/10/2004

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